Información sobre los sistemas nacionales de educación superior, teniendo en cuenta características como su estructura institucional y su marco normativo, entre otros aspectos relevantes para contextualizar los datos estadísticos. 

 

 

    Marco normativo

Organización institucional 

   Organismos de regulación

   Mecanismos de ingreso

   Instituciones

Programas de formación  

 

 

 


 

 

Marco Normativo

Denominación

Descripción

Link a la norma

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Es la norma fundamental, establecida para regir jurídicamente al país, la cual fija los límites y define las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo, ejecutivo y judicial, entre los tres órdenes diferenciados del gobiernoː el federal, estatal y municipal, y entre todos aquellos y los ciudadanos.

En su Capítulo Iː De los Derechos Humanos y sus Garantías, el artículo 3o. garantiza el derecho de los mexicanos a recibir educación. Establece que corresponde al Estado la rectoría de la educación y que la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.

Link 

Ley General de Educación

Regula la educación que imparten el Estado, Federación, entidades federativas y municipios, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios.

Link 

Ley General de Educación Superior Tiene por objeto establecer las bases para dar cumplimiento a la obligación del Estado de garantizar el ejercicio del derecho a la educación superior; Contribuir al desarrollo social, cultural, científico, tecnológico, humanístico, productivo y económico del país; distribuir la función social educativa del tipo de educación superior entre la Federación, las entidades federativas y los municipios; así como establecer criterios para el financiamiento correspondiente al servicio público de educación
superior.
 Link
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública Establece la competencia y organización de la Secretaría de Educación Pública, así como las facultades y atribuciones de las unidades administrativas que la integran.  Link
DECRETO por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García. Crea el Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García.  Link

 

 

 


 

Organización institucional

Tipos de insituciones

Denominación

Descripción

Dependencia Jurisdiccional*

Marco

normativo

Universidades públicas estatales

Son instituciones de educación superior creadas por decreto de los congresos locales, bajo la figura jurídica de organismos públicos descentralizados (CINE 6, 7 y 8).

Estatal autónomas y estatales

Ley General de Educación

Universidades públicas estatales con apoyo solidario

Instituciones establecidas en lugares aislados del país. No dependen de las universidades estatales ni de ninguna otra institución de educación superior (CINE 6, 7 y 8).

Estatal con financiamiento federal y estatal (50% y 50%)

Ley General de Educación

Universidades interculturales

Institución que brinda atención educativa pertinente a jóvenes, tanto de origen indígena como de otros sectores sociales, impulsa el desarrollo de sus pueblos y regiones y aplican los conocimientos a contextos diversos. (CINE 6).

Órganos descentralizados de los estados

Ley General de Educación

Universidades politécnicas

Las universidades politécnicas ofrecen tres tipos de programas: una que otorga el grado de técnico superior universitario en dos años intensivos (CINE 5); también ofrece programas de nivel licenciatura (CINE 6) y posgrado (CINE 7).

Órganos descentralizados de los estados

Ley General de Educación

Universidades tecnológicas

Son instituciones de educación superior que ofrecen programas educativos dirigidos al área tecnológica. Los egresados pueden alcanzar el título de Técnico Superior Universitario (CINE 5) de Licenciatura (CINE 6) o de Posgrado (CINE 7).

Órganos descentralizados de los estados

Ley General de Educación

Institutos tecnológicos descentralizados

Instituciones de educación superior que ofrecen programas educativos dirigidos al área tecnológica (CINE 5, 6, 7 y 8).

Órganos descentralizados de los estados

Ley General de Educación

Institutos tecnológicos federales

Instituciones de educación superior que ofrecen programas dirigidos al área tecnológica, se caracterizan por dar respuesta a las necesidades propias del medio geográfico y social, y al desarrollo industrial de la zona en que se ubican (CINE 5,6, 7 y 8).

Federal

Ley General de Educación

Universidades públicas federales

Instituciones de educación superior que ofrecen programas educativos dirigidos a las áreas universitaria y tecnológica (CINE 6, 7 y 8)

Autónomas y federales

Ley General de Educación

Educación normal pública

Tiene la finalidad de formar profesionales de la educación en licenciatura y posgrado para atender las necesidades del Sistema Educativo Nacional y de la sociedad mexicana en general (CINE 6, 7 y 8).

Federal y estatal

Ley General de Educación

Centros Públicos de

Investigación Humanística y Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación (antes Centros públicos de investigación)

Son entidades paraestatales de la Administración Pública Federal que de acuerdo con su instrumento de creación tengan como objeto predominante realizar actividades de investigación científica y tecnológica, reconocidas como tales por el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (CINE 6, 7 y 8).

Federal

Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación

Educación normal particular

Tiene la finalidad de formar profesionales de la educación en licenciatura y posgrado para atender las necesidades del Sistema Educativo Nacional y de la sociedad mexicana en general (CINE 6, 7 y 8).

Particular

Ley General de Educación, misma que establece el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE)

Universidades particulares

Instituciones de educación superior que ofrecen programas educativos dirigidos a las áreas universitaria y tecnológica (CINE 5, 6, 7 y 8).

Particular

Ley General de Educación, misma que establece el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE)

 

 

 

 


   

Organismos de regulación

 

Denominación

Descripción

Función*

Dependencia Jurisdiccional**

Normativa

Subsecretaría de Educación Superior (SES)

La SES es el área de la Secretaría de Educación Pública encargada de impulsar una educación de calidad que permita la formación de profesionistas competitivos y comprometidos con el desarrollo regional y nacional, para contribuir a la edificación de una sociedad más justa.

Regulación, planificación, promoción, financiamiento, coordinación, evaluación y acreditación

Federal/nacional

Ley General de Educación

Ley General de Educación Superior

Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública

Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior (CONACES)

El CONACES es un órgano colegiado de interlocución, deliberación,

consulta y consenso para acordar las acciones y estrategias que permitan impulsar

el desarrollo de la educación superior.

Planificación, promoción, coordinación, regulación

Federal/nacional

Ley General de Educación Superior

Lineamientos de operación y funcionamiento del CONACES

(https://educacionsuperior.sep.gob.mx/
sites/default/files/2025-01/
LINEAMIENTOS_CONACES_
modificados20junio2024.pdf
)

Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES)

La ANUIES es una Asociación no gubernamental, de carácter plural, que agremia a las principales instituciones de educación superior del país, cuyo común denominador es su voluntad para promover su mejoramiento integral en los campos de la docencia, la investigación y la extensión de la cultura y los servicios.

La Asociación está conformada por 207 universidades e instituciones de educación superior, tanto públicas como particulares de todo el país.

Planificación, promoción

Federal/nacional

Estatuto de la ANUIES

(https://www.anuies.mx/anuies/acerca-de-la-anuies/normatividad)

Instituciones educativas autónomas

Universidades, institutos, centros y escuelas

Regulación, planificación, promoción, coordinación, evaluación y acreditación

Federal/nacional

Ley General de Educación

Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior (FIMPES)

Es una agrupación de 113 instituciones particulares de educación superior, que tiene como propósito contribuir a elevar la calidad educativa de sus afiliadas, así como la representación de los intereses de estas y de los integrantes de sus comunidades con la finalidad de servir a México.

Planificación, promoción

Federal/nacional

Estatutos de la FIMPES (https://www.fimpes.
org.mx/index.php/
normatividad/estatutos
)

Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de Estudios

Acreditar y certificar conocimientos, habilidades, capacidades y destrezas adquiridos a través del Sistema Educativo Nacional, expidiendo en su caso, las constancias, certificados, diplomas, títulos o grados que procedan, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría de Educación Pública, las dependencias y entidades paraestatales de la Administración Pública Federal o local y demás autoridades e instituciones integrantes de dicho Sistema.

Acreditación

Federal/nacional

Ley General de Educación

Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública

Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (Ceneval)

El Ceneval es una asociación civil sin fines de lucro cuya actividad principal es el diseño y la aplicación de instrumentos de evaluación de conocimientos, habilidades y competencias, así como el análisis y la difusión de los resultados que arrojan las pruebas.

Evaluación

Federal/nacional

Estatutos sociales del Ceneval

(https://ceneval.edu.mx/wp-content/uploads/2022/09/Estatutos-Ceneval-1.pdf)

 

 

 

 


  

Mecanismos de ingreso

Subnacional (entidades federativas) e institucional.

Cada institución de educación superior establece sus criterios de ingreso a determinadas carreras y modalidades.

 

 


Instituciones

 

Tipos de instituciones

Denominación

Sector de gestión*

Cantidad

2021-2022

2022-2023

Universidades públicas estatales

Público

36

36

Universidades públicas estatales con apoyo solidario

Público

23

23

Universidades interculturales

Público

11

13

Universidades politécnicas

Público

62

63

Universidades tecnológicas

Público

121

121

Institutos tecnológicos descentralizados

Público

122

122

Institutos tecnológicos federales

Público

128

128

Universidades públicas federales

Público

102

98

Educación normal pública

Público

293

295

Centros públicos de investigación

Público

38

39

Otras instituciones públicas

Público

186

196

Educación normal particular

Privado

136

134

Universidades particulares

Privado

3,163

3,252

* Estatal, privado, mixto, comunitario o de gestión social.


Programas de formación

 A) Programas según Nivel CINE

Nivel CINE

Cantidad de programas

Nivel 5

1,404

Nivel 6

32,465

Nivel 7 (no posgrado)

n.d.

Nivel 7 (posgrado)

2,436 especialidad y 9,635 maestría. En total 12,071

Nivel 8

2,173

Suma

48,113

 

B) Programas según Campos de educación y capacitación (CINE F)

Campo

Cantidad de programas

0.    Programas y certificaciones genéricos

n.d,

1.    Educación

6,527

2.    Artes y humanidades

3,123

3.    Ciencias sociales, periodismo e información

9,700

4.    Administración de empresas y derecho

12,208

5.    Ciencias naturales, matemáticas y estadística

1,398

6.    Tecnologías de la información y la comunicación (TIC)

2,691

7.    Ingeniería, industria y construcción

6,270

8.    Agricultura, silvicultura, pesca y veterinaria

775

9.    Salud y bienestar

3,797

10.  Servicios

1,624

Suma

48,113

 

C) Programas por modalidad según nivel de CINE

Nivel CINE

Presencial

A distancia (incluye virtual y semipresencial)

Suma

Nivel 5

1,319

85

1,404

Nivel 6

23,297

9,168

32,465

Nivel 7 (no posgrado)

n.d.

n.d.

n.d.

Nivel 7 (posgrado)

8,134

3,937

12,071

Nivel 8

1,541

632

2,173

Suma

34,291

13,822

48,113

 

 



 

Información sobre los sistemas nacionales de educación superior, teniendo en cuenta características como su estructura institucional y su marco normativo, entre otros aspectos relevantes para contextualizar los datos estadísticos. 

    Marco normativo

Organización institucional 

   Organismos de regulación

   Mecanismos de ingreso

   Instituciones

Programas de formación  

 


 

Marco Normativo


Organización institucional

Tipos de insituciones

Denominación

Descripción

Dependencia Jurisdiccional*

Normativa

Universidades

Artículo 22.- Son universidades las instituciones de educación superior que abarcan una multiplicidad de áreas específicas del saber en el cumplimiento de su misión de investigación, enseñanza, formación y capacitación profesional, extensión y servicio a la comunidad.

Nacional

LEY N° 4995 de Educación Superior

Institutos Superiores

Artículo 49.- Son institutos superiores, las instituciones que se desempeñan en un área específica del saber en cumplimiento de su misión de investigación, formación profesional y servicio a la comunidad. Las carreras que impartan los Institutos Superiores se ajustarán a las áreas del saber establecidas por el Consejo Nacional de Educación Superior así como a sus disposiciones reglamentarias.

Nacional

LEY N° 4995 de Educación Superior

Institutos de formación profesional del tercer nivel

Artículo 58.- Son Institutos de Formación Profesional del tercer nivel, los institutos de formación docente y los institutos técnicos que brindan formación profesional y reconversión permanente en las diferentes áreas del saber técnico y práctico, habilitando para el ejercicio de una profesión. Los Institutos de Formación Profesional del tercer nivel se regirán por las disposiciones del Ministerio de Educación y Cultura.

Artículo 59.- El Ministerio de Educación y Cultura reglamentará su creación, estructura organizacional, funcionamiento, supervisión y clausura, respetando los principios constitucionales.

Nacional

LEY N° 4995 de Educación Superior


   

Organismos de regulación


Denominación

Descripción

Función**

Dependencia Jurisdiccional*

Normativa

ANEAES

Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior

Es el órgano estatal responsable de evaluar y acreditar la calidad de las instituciones de educación superior en Paraguay, de las carreras de grado y programas de postgrado

Nacional

Evaluación y Acreditación

CONES

Consejo Nacional de Educación Superior

Es el órgano responsable de proponer y coordinar las políticas y programas para el desarrollo de la Educación Superior del Paraguay

Nacional

Habilitación

MEC

Ministerio de Educación y Ciencias

Es el órgano rector del sistema educativo nacional y como tal, es responsable de establecer la política educativa nacional en concordancia con los planes de desarrollo nacional

Nacional

Regulación


  

Mecanismos de ingreso

El sistema de ingreso para las universidades públicas es por regulación nacional, es por admisión mediante exámenes de Ingreso, con preparación de los postulantes mediante cursillos o tutoriales, ofertados por la institución.

El sistema de ingreso para las universidades privadas es por regulación institucional, es por admisión mediante exámenes de Ingreso y en otros casos admisión directa.

 


Información sobre los sistemas nacionales de educación superior, teniendo en cuenta características como su estructura institucional y su marco normativo, entre otros aspectos relevantes para contextualizar los datos estadísticos. 

    Marco normativo

Organización institucional 

   Organismos de regulación

   Mecanismos de ingreso

   Instituciones

Programas de formación  

 


 

Marco Normativo


Organización institucional

Tipos de insituciones

La educación superior tecnológica

Los Institutos de Educación Superior (IES) brindan formación de carácter técnico, debidamente fundamentada en la naturaleza de un saber que garantiza la integración del conocimiento teórico e instrumental a fin de lograr las competencias requeridas por los sectores productivos para la inserción laboral. Los IES otorgan el grado de bachiller técnico y los títulos de técnico y de profesional técnico a nombre de la Nación; asimismo, pueden brindar a nombre de la Nación los certificados de técnicos y auxiliar técnico.

Las Escuelas de Educación Superior Tecnológica (EEST), brindan formación especializada con fundamentación científica y el desarrollo de la investigación aplicada. Se orientan, fundamentalmente, al dominio de las ciencias aplicadas y a la asimilación, desagregación, adaptación, mejoramiento y modificación de la tecnología, así como a la innovación. Asimismo, las EEST podrán otorgar el grado de bachiller técnico y los títulos de técnico y de profesional técnico.

 

Ministerio de Educación - DIGEST

Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/105228/_30512_-_03-11-2016_11_50_02_-Ley_30512__Ley_de_Institutos_y_Escuelas_de_Educaci%C3%B3n_Superior.pdf?v=1586905427

Decreto de Urgencia N° 017-2020, que establece medidas para el fortalecimiento de la gestión y el licenciamiento de los Institutos y Escuelas de Educación Superior, en el marco de la Ley 30512.

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/502199/DU_N__017-2020_Establece_medidas_en_el_marco_de_Ley_30512.pdf?v=1580433025

Decreto Legislativo N° 1495, que establece disposiciones para garantizar la continuidad y calidad de la prestación del servicio educativo en ellos institutos y escuelas de educación superior, en el marco de la emergencia sanitaria causada por el COVID -19

https://www.minedu.gob.pe/superiortecnologica/pdf/decreto-legislativo-1495.pdf

Ley N° 31088, Ley que modifica la octava disposición complementaria final de la Ley N° 30512

https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/1910066-1

Ley N° 31653, Ley que modifica la Ley N° 30512,

https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2138814-4

Decreto Legislativo N° 1676, Decreto Legislativo que modifica el artículo 24-A de la Ley 30512.

https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/09/Decreto-Legislativo-1676-LPDerecho.pdf

Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30512.

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/310958/reglamento-de-la-ley-n-30512-ley-de-institutos-y-escuelas-de-educacion-superior-y-de-la-carrera-docentes.pdf?v=1556658621

Decreto Supremo N° 011-2019-MINEDU, que modifica el Reglamento de la Ley 30512, aprobado mediante DS 010-2017-MINEDU https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/359298/DS_N__011-2019-MINEDU__NL___DL_.pdf?v=1568073967

Decreto Supremo N° 009-2021-MINEDU, que dispone la implementación y el uso preferente de los mecanismos digitales y gratuitos para la verificación de la trayectoria educativa, a fin de garantizar el acceso o continuidad de estudios en la Educación Básica, Educación Técnico-Productiva y Educación Superior.

https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/1955167-1

Decreto Supremo N° 016-2021 que modifica la Ley 30512 y lo adecua a lo dispuesto en el DU 017-2020.

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2395077/DS_N%C2%B0_016-2021-MINEDU.pdf.pdf?v=1636663559

 

La educación superior artística

Las Escuelas Superior de Formación Artística (ESFA), son instituciones educativas de la segunda etapa del sistema educativo nacional, especializados en las distintas expresiones artísticas y la docencia vinculadas a estas; otorgan el grado académico de bachiller y el título profesional correspondiente, válido para estudios de posgrado. Asimismo, brindan estudios de posgrado, segundas especializaciones y diplomados conforme a Ley.

Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU)

Ley N° 32304, Ley que regula las Escuelas Superiores de Formación Artística y la Carrera Pública de sus Docentes y Dicta otras disposiciones

https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2391918-1

La educación superior pedagógica

Las Escuelas de Educación Superior Pedagógica, son centros especializados en la formación inicial docente. En base a la investigación y práctica pedagógica, forman a los futuros profesionales para la educación básica y coadyuvan a su desarrollo profesional en la formación continua. Brindan programas de formación pedagógica que responden a las políticas y demandas educativas del país.

Las EESP ofertan programas de Formación Inicial Docente, Programas de Profesionalización Docente (PPD) y Programas de Segunda Especialización (PSE).

La DIFOID (Dirección de Formación Inicial Docente) del MINEDU (Ministerio de Educación) es una unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD), la cual a su vez forma parte del Viceministerio de Gestión Pedagógica del MINEDU.

Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus docentes; y su Reglamento de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.

chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/105228/_30512_-_03-11-2016_11_50_02_-Ley_30512__Ley_de_Institutos_y_Escuelas_de_Educaci%C3%B3n_Superior.pdf?v=1586905427

La educación superior universitaria

La Educación Universitaria, es aquel tipo de educación superior que se imparte en una institución universitaria, cuando la persona ha terminado la educación básica regular, y que tiene como fines la formación profesional, la difusión cultural, la creación intelectual y artística, y la investigación científica y tecnológica. Dentro de la misma, el Estado garantiza la libertad de cátedra y rechaza la intolerancia.

Ministerio de Educación del Perú-DIGESU

Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas. URL:

https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2088561-1

Clasificador Nacional de Programas e Instituciones de Educación Superior Universitaria, Pedagógica, Tecnológica y Técnico Productiva, 2018

https://www.gob.pe/institucion/inei/informes-publicaciones/3246178-clasificador-nacional-de-programas-e-instituciones-de-educacion-superior-universitaria-pedagogica-tecnologica-y-tecnico-productiva-2018

La Resolución Ministerial N° 422-2020-MINEDU, que aprueba las “Disposiciones para la implementación del Sistema Integrado de Información de la Educación Superior Universitaria - SIIESU”. Donde se establece que la DIPODA se encuentra a cargo de la administración del Sistema de Recolección de Información de Educación Superior (SIRIES).

https://www.gob.pe/institucion/minedu/normas-legales/1292877-422-2020-minedu


   

Organismos de regulación


Denominación

Descripción

Función**

Dependencia Jurisdiccional*

Normativa

Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU)

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) es un ente autónomo. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal. Tiene domicilio y sede principal en la ciudad de Lima y ejerce su jurisdicción a nivel nacional, con su correspondiente estructura orgánica.

A nivel universitario es un regulador.

 

Funciones generales de la SUNEDU

La SUNEDU tiene las siguientes funciones de aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades y filiales. Además, normar y supervisar las condiciones básicas de calidad exigibles para el funcionamiento de las universidades y filiales.

No corresponde. Es un ente autónomo.

Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas.

url:

https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2088561-1

Resolución de Superintendencia N.° 0032-2024-SUNEDU: El 22 de mayo de 2024, se dio la aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).

URL:

https://www.gob.pe/institucion/sunedu/normas-legales/5600989-0032-2024-sunedu

Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC)

La finalidad del PRONABEC

es contribuir a la equidad en la

educación superior garantizando el acceso a esta etapa,

de los estudiantes de bajos recursos económicos y alto

rendimiento académico, así como su permanencia у

culminación.

El PRONABEC es una entidad que otorga becas para cursar estudios de pregrado y posgrado en la ES.

PRONABEC tiene funciones en relación con el otorgamiento de becas y créditos educativos para el nivel superior, becas especiales y créditos especiales destinados a atender las necesidades del país y a poblaciones vulnerables o en situaciones especiales.

Ministerio de Educación del Perú

Ley N° 29837, Ley que crea el programa nacional de becas y crédito educativo – PRONABEC

URL: https://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/29837.pdf

Decreto Supremo N.° 013-2012-ED, Reglamento de la Ley N° 29837.

URL:

https://www.gob.pe/institucion/minedu/normas-legales/118258-013-2012-ed

Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa

Sineace se encarga de garantizar a la sociedad que las instituciones educativas, públicas y privadas, ofrezcan un servicio de calidad, y de certificar las competencias de las personas en los sectores priorizados a nivel nacional.

Resolver solicitudes de acreditación institucional

y/o programas de universidades, escuelas, institutos y otras instituciones de educación superior y técnico productiva que cuenten con licenciamiento.

Reconocer acreditaciones obtenidas a nivel internacional.

Ministerio de Educación del Perú - MINEDU

Decreto Supremo N.° 012-2023-MINEDU, que aprueba disposiciones para garantizar el restablecimiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace

URL:

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4873907/DS_N%C2%B0_012-2023-MINEDU.pdf?v=1689864267

Dirección General de Educación Superior Universitaria -DIGESU

La DIGESU es el

órgano responsable de dirigir, coordinar, promover, efectuar el seguimiento y evaluar las políticas para el desarrollo y

aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria.

Planificar, proponer, dirigir, coordinar, monitorear y evaluar la política y documentos normativos para el desarrollo y

aseguramiento de la calidad de la educación superior

universitaria, así como programas y proyectos en dicha

materia.

Ministerio de Educación del Perú - MINEDU

El Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación (Pagina 102 y 103).

URL:

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1415132/Reglamento%20de%20Organizaci%C3%B3n%20y%20Funciones%20del%20Ministerio%20de%20Educaci%C3%B3n.pdf?v=1604373601

Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística-DIGESUTPA

La DIGESUTPA es el órgano responsable de dirigir, coordinar, promover, efectuar el seguimiento y evaluar la política, así como proponer documentos normativos, en el ámbito de su competencia.

Proponer la política, objetivos y documentos normativos de la educación técnico-productiva y superior tecnológica y artística, articulando sus diversos niveles de certificación y titulación; la autorización de funcionamiento de las instituciones de educación superior tecnológica y artística; los documentos normativos para la supervisión y fiscalización de las instituciones de educación técnico-productiva y superior tecnológica y artística, entre otros.

Ministerio de Educación del Perú - MINEDU

Pagina 160 y 107 del ROF del MINEDU.

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1415132/Reglamento%20de%20Organizaci%C3%B3n%20y%20Funciones%20del%20Ministerio%20de%20Educaci%C3%B3n.pdf?v=1604373601

Dirección de Formación Inicial Docente - DIFOID

La DIFOID tiene como propósito fundamental diseñar, implementar, coordinar, supervisar y evaluar las políticas, estrategias y normas relacionadas con la formación inicial de los futuros docentes del país, asegurando su calidad, pertinencia y articulación con las necesidades educativas nacionales

La DIFOID, es responsable de formular, coordinar y supervisar las políticas de formación inicial docente, además supervisa el funcionamiento de las instituciones de educación superior pedagógica (IESP/EESP) y es responsable de promover la mejora de la calidad de la formación inicial docente.

Ministerio de Educación del Perú - MINEDU

https://www.minedu.gob.pe/superiorpedagogica/


  

Mecanismos de ingreso

En la educación superior universitaria, cada universidad convoca uno o dos procesos de admisión (ingreso o acceso) en un año determinado. En una fase preparatoria la universidad determina la cantidad de vacantes disponibles, que serán presentadas en las fechas que establezcan para el proceso de admisión. Este proceso comprende una convocatoria; la inscripción y pago por el derecho de admisión; la rendición de un examen con preguntas de habilidad verbal y matemática, conocimientos en ciencias y humanidades; la publicación de resultados de los que fueron admitidos o ingresaron a la universidad. Asimismo, el ingreso a las universidades cuenta con las siguientes modalidades:

  1. Examen ordinario o general: Enfocado en los jóvenes que acabaron los 11 años de educación básica regular.
  2. Examen extraordinario: Dentro de esta existen otras sub modalidades, tales como:
    • Centro preuniversitario.
    • Plan integral de reparaciones-Ley N 28592.
    • Traslado interno.
    • Deportista calificado.
    • Victimas /hijos de víctimas terrorismo-Ley N°27277.
    • Traslado externo.
    • Traslado externo universidad con licencia denegada.
    • Los dos (2) primeros puestos del orden de mérito de las instituciones educativas de nivel secundario, de cada región, en todo el país.
    • Las personas con discapacidad tienen derecho a una reserva del 5 % de las vacantes ofrecidas por las universidades.

En la educación superior pedagógica (docente o maestro), cada Escuela de Educación Superior Pedagógica convoca uno o dos (marzo o agosto aproximadamente) procesos de admisión (ingreso o acceso) en un año determinado. En una fase preparatoria la Escuela de Educación Superior Pedagógica y la Dirección Regional de Educación (DRE) departamental, determinan la cantidad de vacantes disponibles, que serán presentadas en las fechas que establezcan para el proceso de admisión. Este proceso comprende una convocatoria; la inscripción y pago por el derecho de admisión; la rendición de un examen de conocimientos y una entrevista personal; la publicación de resultados de los que fueron admitidos. El proceso se concentra en el área urbana. Asimismo, el ingreso cuenta con las siguientes modalidades:

  1. Examen ordinario o general: Enfocado en los jóvenes que acabaron los 11 años de educación básica regular.
  2. Examen extraordinario y exoneraciones.

En lo que respecta a la educación superior tecnológica (Instituto), cada Instituto de Educación Superior (IES) o Escuela de Educación Superior Técnica (EEST) convoca uno o dos procesos de admisión en un año determinado. Este proceso puede variar dependiendo del IES o EEST, es decir, cada institución tiene exámenes con contenidos, fechas, puntajes y costos diferentes. El proceso comprende una convocatoria; la inscripción y pago por el derecho por examen de admisión; la rendición de un examen conocimientos y en algunos casos entrevista personal; la publicación de resultados de los que fueron admitidos. Asimismo, el ingreso a los del IES y EEST cuenta con las siguientes modalidades:

  1. Examen ordinario o general: Enfocado en los jóvenes que acabaron los 11 años de educación básica regular.
  2. Examen extraordinario y exoneraciones.

Con respecto a la educación superior artística.  La Escuela Superior de Formación Artística convoca de forma independiente uno o dos procesos de admisión en un año determinado. Este proceso puede variar dependiendo de cada institución, es decir, cada una tiene exámenes con contenidos, fechas, puntajes y costos diferentes. El proceso comprende una convocatoria; la inscripción y pago por el derecho por examen de admisión; la rendición de un examen de aptitudes físicas; físico-clínico; de conocimiento, de aptitud artística y entrevista personal; la publicación de resultados de los que fueron admitidos. Asimismo, el ingreso cuenta con las siguientes modalidades:

  1. Examen ordinario o general: Enfocado en los jóvenes que acabaron los 11 años de educación básica regular.
  2. Examen extraordinario.

 


 

 

Información sobre los sistemas nacionales de educación superior, teniendo en cuenta características como su estructura institucional y su marco normativo, entre otros aspectos relevantes para contextualizar los datos estadísticos. 

 

 

    Marco normativo

Organización institucional 

   Organismos de regulación

   Mecanismos de ingreso

   Instituciones

Programas de formación  

 

 

 


 

 

Marco Normativo

 

Denominación

Descripción

Link a la norma

Lei n.º 46/86 de 14 de outubro – Lei de bases do sistema educativo (alterada pelas Lei n.º 115/97 de 19 de setembro, n.º 49/2005 de 30 de agosto e n.º 85/2009 de 27 de agosto)

Estabelece o quadro geral do sistema educativo.

Link

Link

Link 

Link 

Decreto-Lei n.º 296- A/98 de 25 de setembro (alterado pelo Decreto-Lei n.º 90/2008 de 30 de maio

Regula o regime de acesso e ingresso no ensino superior

Link

Link 

Lei n.º 37/2003 de 22 de agosto – Lei de bases do financiamento do ensino superior (alterada pelas Lei n.º 49/2005 de 30 de agosto e n.º 62/2007 de 10 de setembro)

Define as bases de financiamento do ensino superior

Link

Link

Link 

Decreto-Lei n.º 42/2005 de 12 de fevereiro – Princípios reguladores de instrumentos para a criação do espaço europeu de ensino superior (ECTS) (alterado pelo Decreto-Lei n.º 107/2008 de 25 de junho)

Aprova os princípios reguladores de instrumentos para a criação do espaço europeu de ensino superior (ECTS)

Link

Link 

Lei n.º 38/2007 de 16 de agosto – Avaliação do ensino superior

Aprova o regime jurídico da avaliação da qualidade do ensino superior

Link 

Decreto-Lei nº 369/2007 de 5 de novembro

Cria a Agência de Avaliação e Acreditação do Ensino Superior e aprova os respetivos estatutos

Link 

Decreto-Lei n.º 74/2006 de 24 de março – Graus e diplomas do ensino superior (alterado pelos Decreto Lei n.º 107/2008 de 25 de junho, n.º 230/2009 de 14 de setembro, n.º 115/2013 de 7 de agosto e n.º 63/2016 de 13 de setembro)

Aprova o regime jurídico dos graus académicos e diplomas do ensino superior

Link

Link

Link

Link

Link 

Lei n.º 62/2007 de 10 de setembro – Regime jurídico das instituições do ensino superior

Estabelece o regime jurídico das instituições de ensino superior, regulando a sua constituição, atribuições organização, funcionamento e competência dos seus órgãos e, ainda, a tutela e fiscalização pública do Estado sobre as mesmas, no quadro da sua autonomia

Link 

Lei n.º 62/2007 de 10 de setembro – Regime jurídico das instituições do ensino superior

Estabelece o regime jurídico das instituições de ensino superior, regulando a sua constituição, atribuições organização, funcionamento e competência dos seus órgãos e, ainda, a tutela e fiscalização pública do Estado sobre as mesmas, no quadro da sua autonomia

Link 

Decreto-Lei n.º 341/2007 de 12 de outubro - Regime jurídico do reconhecimento de graus académicos superiores estrangeiros

Aprova o regime jurídico do reconhecimento de graus académicos superiores estrangeiros

Link 

DecretoRegulamentar n.º 15/2009 de 31 de agosto – Conselho Coordenador do Ensino Superior

Estabelece a composição, as competências e o modo de funcionamento do Conselho Coordenador do Ensino Superior

Link 

Decreto-Lei n.º 124/99 de 20 de abril - Estatuto da Carreira de Investigação Científica (alterado pela Lei n.º 157/99 de 14 de setembro)

Aprova o Estatuto da Carreira de Investigação Científica

Link

Link 

Decreto-Lei n.º 205/2009 de 31 de agosto – Estatuto da Carreira Docente Universitária (alterado pela Lei n.º 8/2010 de 13 de maio)

Procede à alteração do Estatuto da Carreira Docente Universitária, aprovado pelo DecretoLei n. º 448/79 de 13 de novembro

Link

Link 

Decreto-Lei n.º 207/2009 de 31 de agosto – Estatuto da Carreira do Pessoal Docente do Ensino Superior Politécnico (alterado pela Lei n.º 7/2010 de 13 de maio)

Regula a situação do pessoal docente dos estabelecimentos de ensino superior politécnico, aprovado pelo Decreto-Lei n.º 185/81 de 1 de julho)

Link

Link 


 

Organización institucional

Tipos de insituciones

Denominación

Descripción

Dependencia Jurisdiccional*

Marco

normativo

Universidade

Estabelecimento de ensino superior estruturado em unidades orgânicas onde é ministrado o ensino universitário

Nacional (Estado) / Entidades Privadas

Regime jurídico das instituições de ensino superior, que regula a sua constituição, atribuições e organização, o funcionamento e competência dos seus órgãos e, ainda, a tutela e fiscalização pública do Estado sobre as mesmas, no quadro da sua autonomia (Lei n.º 62/2007 de 10 de

Instituto Universitário

Outras instituições de ensino universitário

Institutos Politécnicos

Estabelecimento de ensino superior estruturado em unidades orgânicas onde é ministrado o ensino politécnico

Outras instituições de ensino politécnico

 

   

Organismos de regulación

 

Denominación

Descripción

Función*

Dependencia Jurisdiccional**

Normativa

Agência de Avaliação e Acreditação do Ensino Superior (A3ES)

A Agência de Avaliação e Acreditação do Ensino Superior (A3ES) tem como fins a avaliação e a acreditação das instituições de ensino superior e dos seus ciclos de estudos, bem como o desempenho das funções inerentes à inserção de Portugal no sistema europeu de garantia da qualidade do ensino superior

São funções da A3ES: - Definição e garantia dos padrões de qualidade do sistema; - Avaliação e acreditação de ciclos de estudos e de instituições de ensino superior; - Divulgação pública dos resultados da avaliação e acreditação; - Promoção da internacionalização do sistema de ensino superior português; - Aconselhamento do Estado em matéria de garantia da qualidade do ensino superior; - Realização de estudos e pareceres, por iniciativa própria, ou por solicitação do Estado; - Participação no sistema europeu de garantia da qualidade do ensino superior - EQAR; - Coordenação de atividades de avaliação e acreditação em Portugal com instituições e mecanismos de avaliação internacional.

A Agência de Avaliação e Acreditação do Ensino Superior (A3ES) é uma fundação de direito privado, constituída por tempo indeterminado, dotada de personalidade jurídica e reconhecida de utilidade pública. É independente no exercício das suas funções, no quadro da lei e dos seus Estatutos, sem prejuízo dos princípios orientadores fixados pelo Estado através dos seus

Decreto-Lei nº 369/2007, de 5 de novembro, cria a Agência de Avaliação e Acreditação do Ensino Superior e aprova os seus Estatutos.

Conselho Coordenador do Ensino Superior

Órgão consultivo no domínio da política de ensino superior do membro do Governo responsável pela área do ensino superior

Compete ao Conselho pronunciar -se sobre: a) As questões que lhe sejam submetidas por aquele membro do Governo no domínio do ensino superior; b) As matérias expressamente previstas na lei.

Nacional (Estado)

DecretoRegulamentar n.º 15/2009 de 31 de agosto – Conselho Coordenador do Ensino Superior

Instituto de
Gestão
Financeira da
Educação
(IGeFE)
O IGeFE tem por
missão garantir a
programação, a
gestão financeira e o
planeamento
estratégico e
operacional das
áreas governativas
da ciência,
tecnologia, ensino
superior e educação,
a gestão previsional
fiável e sustentada
dos respetivos
programas
orçamentais, bem
como a avaliação
global da execução
das políticas e dos
resultados obtidos
pelo sistema
educativo e a criação
e o bom
funcionamento do
Sistema Integrado
de Informação da
Educação (SIIE), em
articulação com os
demais serviços e
organismos das
referidas áreas
governativas
O IGeFE, entre outras tem as seguintes
atribuições:
a) Prestar apoio técnico-financeiro à definição de políticas, prioridades e objetivos do MECI;
b) Acompanhar e avaliar a execução das políticas e programas do MECI, na vertente económico-financeira;
c) Elaborar, difundir e apoiar a criação de instrumentos de planeamento, de avaliação e programação financeira,
com vista à monitorização e execução conducentes à eficácia e eficiência dos sistemas educativo e científico e tecnológico;
d) Apoiar a definição das principais opções em matéria orçamental e das propostas e modelos de financiamento das instituições de ensino superior e da ação social do ensino superior, em articulação com a Direção-Geral do Ensino Superior, procedendo ao seu
acompanhamento e execução;
e) Desenvolver as ações necessárias à otimização dos sistemas educativo e
científico e tecnológico, tendo em vista a obtenção de ganhos de eficiência financeira;
f) Contribuir para a definição das
políticas e estratégias em matéria de sistemas de informação;
g) Assegurar a gestão centralizada do processamento das remunerações e abonos devidos aos trabalhadores dos
órgãos, serviços e organismos do MEC;
h) Conceber, implementar, gerir, manter e garantir o bom funcionamento dos sistemas de informação dos processos da educação e ensino superior, científico e tecnológico, necessários à prossecução das suas atribuições.
O IGeFE é organismo
central com jurisdição sobre todo o território
nacional.
O IGeFE é um instituto público de regime especial, nos termos da lei e do número seguinte, integrado na
administração indireta do
Estado, dotado de autonomia
administrativa e financeira e
património próprio.
Decreto Lei nº 96/2015,
de 29 de maio com as
alterações definidas
no Decreto- Lei n.º38/2022, de 30 de
maio. 
Direcção -
Geral do
Ensino Superior
(DGES)
A DGES é o
organismo que
assegura a implementação das políticas públicas de ensino superior e a sua regulação, apoiando o
responsável pela
área governativa da
Educação, Ciência e
Inovação.
A DGES tem as seguintes atribuições:
a) Apoiar o membro do Governo responsável pela área do ensino superior na definição das
políticas para o sector,
nomeadamente nas vertentes da definição e da organização
da rede de instituições de ensino superior, do acesso e do ingresso no ensino superior e da acção social, bem como
preparar e executar, sem prejuízo da autonomia das instituições de ensino superior, as decisões que cumpre
àquele membro do Governo adoptar;
b) Assegurar e coordenar a prestação de informação
sobre o sistema de ensino superior, sem prejuízo das competências próprias
conferidas a outros órgãos, serviços e organismos do MECI;
c) Coordenar as acções relativas ao acesso e ao ingresso no ensino superior;
d) Prestar o apoio que lhe seja
solicitado pela Agência de Avaliação e Acreditação do Ensino Superior, no âmbito
dos processos de acreditação e de avaliação do ensino
superior;
e) Acompanhar as necessidades de qualificação e adequação das instalações e equipamentos do ensino superior e da rede da acção social;
f) Proceder ao registo dos ciclos de estudos de ensino
superior e dos cursos de especialização tecnológica;
g) Assegurar na área do ensino superior as relações
internacionais e a cooperação
internacional, sem prejuízo da
coordenação exercida pela Secretaria - Geral
e das atribuições próprias do Ministério dos Negócios
Estrangeiros;
h) Promover e apoiar a mobilidade dos estudantes do
ensino superior português no espaço europeu;
i) Gerir o Fundo de Acção Social e preparar a proposta
de orçamento da acção social do ensino superior e acompanhar a sua execução, bem como avaliar a qualidade dos serviços de  cção social no ensino superior, em articulação com a Inspecção -Geral da Educação e Ciência;
j) Proceder ao reconhecimento dos serviços de acção social no âmbito da acção social no ensino superior privado;
l) Assegurar a guarda e a conservação da documentação
fundamental das instituições de ensino superior encerradas,
sempre que, nos termos da lei, não seja possível a guarda
pela respectiva entidade instituidora, bem como, proceder
à emissão dos documentos  elativos ao período de funcionamento daquelas
instituições.
Serviço central da
administração directa
do Estado, dotado de autonomia administrativa.
Decreto Regulam
entar n.º 20/2012,
de 7 de fevereiro

 

A estrutura organizacional da A3ES compreende: o Conselho de Curadores, o Conselho de Administração, o Conselho Fiscal, o Conselho Consultivo e o Conselho de Revisão. O Conselho Coordenador do Ensino Superior assegura uma adequada diversidade de experiências académicas e profissionais e é composto por sete personalidades nacionais e estrangeiras de reconhecido mérito e competência, uma das quais preside, nomeadas por despacho do membro do Governo responsável pela área do ensino superior.


  

Mecanismos de ingreso

A candidatura ao ensino superior público é feita anualmente através de um concurso nacional que se realiza no final do ano letivo organizado em três fases. A direção de todo o processo relacionado com avaliação da capacidade para a frequência, bem como a fixação dos critérios de seleção e seriação dos candidatos à matrícula e inscrição no ensino superior, compete à Comissão Nacional de Acesso ao Ensino Superior. Para concorrer é necessário:

- Ser titular de um curso de ensino secundário;

 - Realizar os exames nacionais relativos às provas de ingresso exigidas para os diferentes cursos e instituições a que vai concorrer;

- Realizar os pré-requisitos se forem exigidos pela instituição para o curso a que vai concorrer.

Em relação a cada par estabelecimento/curso deve ser obtida em cada prova de ingresso, bem como na nota de candidatura, uma classificação igual ou superior à mínima fixada. O ingresso no ensino superior público está sujeito a limitações quantitativas decorrentes do número de vagas fixado pelas instituições de ensino superior para cada um dos seus cursos. Na 1.ª fase do concurso nacional as vagas fixadas para cada curso em cada instituição de ensino superior são distribuídas por um contingente geral e pelos contingentes prioritários:

- Candidatos oriundos da Região Autónoma dos Açores

- Candidatos oriundos da Região Autónoma da Madeira

- Candidatos emigrantes portugueses, familiares que com eles residam e lusodescendentes

- Candidatos militares

- Candidatos com deficiência

- Beneficiários de Ação Social Escolar

No concurso nacional, os estudantes podem concorrer até seis pares estabelecimento/curso, isto é, seis combinações diferentes de instituições e cursos, indicadas por ordem de preferência. A colocação em cada estabelecimento/curso é feita segundo as listas ordenadas dos candidatos até estarem esgotadas as vagas disponíveis. Esta ordenação é feita por ordem decrescente da nota de candidatura para cada par estabellecimento/curso. Existem cursos cujas características especiais justificam que a candidatura aos mesmos seja realizada através de concursos locais. A realização destes concursos locais está sujeita a autorização expressa por portaria do ministro da tutela do ensino superior, a requerimento da instituição de ensino superior e obtido o parecer favorável da Comissão Nacional de Acesso ao Ensino Superior. Esta portaria fixa as normas gerais a que deve obedecer o processo de avaliação de capacidade para a frequência, seleção e seriação dos candidatos.

O regime de acesso ao ensino superior legalmente fixado aplica-se igualmente ao ensino superior público e ao ensino superior privado. Os estudantes que pretendam ingressar num curso de um estabelecimento de ensino superior privado estão sujeitos às mesmas regras a que estão sujeitos os candidatos ao ensino superior público. As vagas são igualmente fixadas anualmente pelos próprios estabelecimentos de ensino e divulgadas antes do início da candidatura pela Direção-Geral do Ensino Superior. O preenchimento das vagas aprovadas está sujeito a concursos institucionais organizados por cada estabelecimento de ensino superior privado. Existem ainda concursos especiais de acesso e ingresso no ensino superior que se destinam aos estudantes que reúnam condições habilitacionais específicas, identificadas em cada uma das modalidades de concurso, tratando-se de uma forma de acesso autónoma, distinta do concurso nacional, dos concursos institucionais e dos regimes especiais. No âmbito dos concursos especiais, as instituições de ensino superior têm competência para desenvolver as ações relativas ao acesso e ingresso nos seus cursos, nos termos fixados pela legislação, estabelecendo quais os concursos que irão realizar, as vagas por concurso, para cada um dos seus pares estabelecimento/curso e os critérios de seriação e desempate. Os prazos em que devem ser praticados os atos para o acesso, em cada ano letivo, através dos concursos especiais, são também fixados pelas instituições. Os regimes especiais de acesso e ingresso no ensino superior destinam-se aos estudantes que reúnam condições habilitacionais e pessoais específicas, identificadas em cada um dos regimes, tratando-se de uma forma de acesso autónoma, distinta do concurso nacional, dos concursos institucionais e dos concursos especiais. A candidatura ao ensino superior através dos regimes especiais, organizada pela Direção-Geral do Ensino Superior, realiza-se anualmente, num período único, e permite o acesso e ingresso no ensino superior público ou privado, com exceção do ensino superior militar ou policial. A candidatura é efetuada de forma presencial, junto dos Gabinetes de Acesso ao Ensino Superior ou por via diplomática, de acordo com o regime especial a que o aluno se candidata. A candidatura através dos regimes especiais destina-se à frequência de ciclos de estudos de licenciatura e integrados de mestrado. Os estudantes ao requererem a matrícula e inscrição podem indicar até três pares instituição/curso, isto é, três combinações eestabelecimento/curso, indicadas por ordem de preferência.

 

 


Instituciones

  

Denominación

Sector de gestión*

Cantidad

Instituições de ensino universitário público

Público

78

Instituições de ensino universitário privado

Privado

50

Instituições de ensino politécnico público

Público

98

Instituições de ensino politécnico privado

Privado

67

 


Programas de formación

  1. Programas según Nivel CINE

Nivel CINE

Cantidad de programas

Nivel 5

419

Nivel 6

699

Nivel 7 (no posgrado)

49

Nivel 7 (posgrado)

1331

Nivel 8

392

 

 

B) Campos de educación y capacitación (CINE F)

Campo

Cantidad

0.    Programas y certificaciones genéricos

  0

1.    Educación

  115

2.    Artes y humanidades

  477

3.    Ciencias sociales, periodismo e información

  302

4.    Administración de empresas y derecho

  434

5.    Ciencias naturales, matemáticas y estadística

  287

6.    Tecnologías de la información y la comunicación (TIC)

  150

7.    Ingeniería, industria y construcción

  504

8.    Agricultura, silvicultura, pesca y veterinaria

  82

9.    Salud y bienestar

  263

10. Servicios

  274

11.  Campos de educación desconocidos o no especificados

  2

 

 C) Modalidad

Modalidad

Cantidad

Presencial

70

Distancia

2820

* PT: Anteriormente apenas eram considerados como cursos a distância os cursos da Universidade Aberta. Desde 2022/2023, passou-se a considerar os cursos a distancia lesionados em otros estabelecimentos.

 

D) Programas internacionales de posgrado

 

Modalidad

Cantidad

Presencial

  6

   

* PT: Informação apenas parcialmente disponível.

 

Información sobre los sistemas nacionales de educación superior, teniendo en cuenta características como su estructura institucional y su marco normativo, entre otros aspectos relevantes para contextualizar los datos estadísticos. 

 

 

    Marco normativo

Organización institucional 

   Organismos de regulación

   Mecanismos de ingreso

   Instituciones

Programas de formación  

 

 

 


 

 

Marco Normativo

 

Denominación

Descripción

Link a la norma

Ley General de Educación (18.437)

La Ley General de Educación regula la primera infancia, educación primaria, secundaria (general y técnica), universidades privadas, institutos terciarios y el Consejo de Formación Docente. 

Link 

Ley Orgánica de la Universidad de la República (12.549)

La Ley Orgánica de la Universidad (1958) de la República se establece la autonomía y cogobierno de la misma y las competencias de sus tres órdenes (docentes, egresados y estudiantes), además de sus funciones y cometidos. 

Link 

Ley UTEC (19.043)

La Ley 19.043 crea la Universidad Tecnológica, en la misma se establece su autonomía y sus cometidos 

Link  

Títulos que otorgan Universidades privadas (Decreto -Ley 15.661)

El Decreto-Ley 15.661 reconoce los títulos universitarios otorgados por universidades privadas

Link 

Decreto 104/014 

Define los conceptos generales de la enseñanza terciaria universitaria y no universitaria privada

Link 

 

Estos decretos son los que regulaban, antes del Decreto 104/014 la enseñanza terciaria privada, que han sido parcialmente derogados:

https://www.impo.com.uy/bases/decretos/33-1997 


http://www.mec.gub.uy/innovaportal/file/1645/1/anexoi_decreto_308-995.pdf

 

 

 

Organización institucional

Tipos de insituciones

Denominación

Descripción

Dependencia Jurisdiccional*

Marco

normativo

Universidad de la República- UdelaR

Universidad pública con autonomía y cogobierno (docentes, estudiantes y egresados) 

Nacional

Ley 12.549 (Ley Orgánica de la Universidad)

Consejo de Formación en Educación-CFE

Instituto de carácter terciario que forma a docentes de primera infancia, primaria, secundaria y educación social

Nacional

Ley 18. 18.437

UTEC

La Universidad Tecnológica (UTEC) es una persona jurídica pública que funcionará como ente autónomo. UTEC es una propuesta de educación terciaria universitaria pública de perfil tecnológico, orientada a la investigación y la innovación.

Nacional

Ley Nº 19.043

Universidades privadas

Autorizadas por el Poder Ejecutivo, se diferencian de los institutos por brindar carreras en más de 3 áreas de conocimiento 

Nacional

Ley.15.661,

Ley 18.437, Decreto Nº 308/995,

Decreto N° 33/997,

Decreto 104/014

Institutos Universitarios y No universitarios Privados

Instituciones del ámbito privado que realizando actividades de enseñanza, investigación y extensión, sin llegar a tres áreas disciplinarias no afines orgánicamente estructuradas en facultades, departamentos o unidades académicas equivalentes, dicta al menos una carrera de grado, una maestría o un doctorado reconocidos por el Ministerio de Educación y Cultura.    

Nacional

Ley.15.661,

Ley 18.437, Decreto Nº 308/995,

Decreto N° 33/997,

Decreto 104/014

Terciarias Públicas No universitaria

Se imparte en distintas instituciones: Consejo de Educación técnico profesional de ANEP, Escuela Militar de Aeronáutica y Naval (depende del Ministerio de Defensa), Escuela Nacional de Policía (Dependiente del Ministerio del Interior), Escuela Municipal de Arte Dramático. Reguladas por la Ley 18.437   

Nacional

Ley 18.437

 

 

La Ley 18.437 en sus art. 84, 85 y 86 transforma al Consejo de Formación en Educación en un Instituto Universitario de Educación, sin embargo este no ha sido creado aún por lo cual se mantiene su denominación vigente.   

 

 

Organismos de regulación

 

Denominación

Descripción

Función*

Dependencia Jurisdiccional**

Normativa

Educación Superior- Ministerio de Educación y Cultura

Regula Universidades privados e Institutos privados universitarios

Registro, aprobación y acreditación. Financiamiento privado

Nacional

Ley.15.661,

Ley 18.437, Decreto Nº 308/995,

Decreto N° 33/997,

Decreto 104/014

Universidad de la República 

Universidad pública, autónoma y cogobernada 

Financiamiento poder ejecutivo. Autonomía en todas sus demás funciones (Art 5 de la Ley 12.549)

Nacional

Ley 12.549 (Ley Orgánica de la Universidad)

Universidad Tecnológica del Uruguay 

Universidad pública y autónoma

Financiamiento: poder ejecutivo. Autonomía en todas sus demás funciones (Ley 19.043) 

Nacional

Ley Nº 19.043

Consejo de Formación en Educación 

 

Financiamiento poder ejecutivo.  Autonomía en todas sus demás funciones (Ley 18.437)

Nacional

Ley 18.437

Carreras terciarias no universitarias públicas

 

Financiamiento poder ejecutivo.  Autonomía en todas sus demás funciones (Ley 18.437)

Nacional

Ley 18.437

 

Estos decretos son los que regulaban, antes del Decreto 104/014 la enseñanza terciaria privada, que han sido parcialmente derogados:

https://www.impo.com.uy/bases/decretos/33-1997 

http://www.mec.gub.uy/innovaportal/file/1645/1/anexoi_decreto_308-995.pdf 


  

Mecanismos de ingreso

Los sistemas de ingresos a la educación superior para cualquiera de sus instituciones son de carácter nacional. En lo que respecta a la existencia a los requisitos de ingreso el único requisito de ingreso es la aprobación de secundaria. Con la excepción de algunos servicios de la Universidad de la República como el ISEF y la Escuela de Tecnología Médica que tienen pruebas de ingreso. 

Becas de formación docente, bienestar estudiantil, becas del fondo de solidaridad en los organismos terciarios públicos. En el sector privado las otorgan las instituciones.

 

Aranceles 

No existe en la educación superior pública un sistema de aranceles, que implique cobro al ingreso. A nivel de universidad y educación técnica profesional, existe el Fondo de Solidaridad y el Adicional del Fondo de Solidaridad, los cuales implican pagos obligatorios de los egresados de dichos servicios, y que son destinados: en parte, al financiamiento de un fondo de becas a estudiantes de nivel terciario (Fondo de Solidaridad) y por otra parte, al propio financiamiento de la UDELAR (Adicional al Fondo de Solidaridad). No constituyen estrictamente un arancel, sino que se asemejan a un impuesto. 

 


Instituciones

 

Denominación

Sector de gestión*

Cantidad

Terciaria no universitaria pública

Pública

5

Universitaria pública

Pública

3

Universitaria Privada

Privada

5

Institutos Universitarios  privados

Privada

9

Formación en educación Pública

Público

2

  


Programas de formación

 

A) Programas según Nivel CINE Año 2021

Nivel CINE

Cantidad de programas

Nivel 5

284

Nivel 6

703

Nivel 7 (no posgrado)

No aplica

Nivel 7 (posgrado)

418

Nivel 8

34

 

 

B) Programas según Campos de educación y capacitación (CINE F)

Campo

Cantidad de programas

  1. Programas y certificaciones genéricos
 
  1. Educación

443

  1. Artes y humanidades

99

  1. Ciencias sociales, periodismo e información

110

  1. Administración de empresas y derecho

231

  1. Ciencias naturales, matemáticas y estadística

76

  1. Tecnologías de la información y la comunicación (TIC)

48

  1. Ingeniería, industria y construcción

142

  1. Agricultura, silvicultura, pesca y veterinaria

36

  1. Salud y bienestar

186

  1. Servicios

68

 

 

C) Programas por modalidad según nivel de CINE

 

Nivel CINE

Presencial

A distancia (incluye virtual y semipresencial)

Nivel 5

   

Nivel 5

284

 

Nivel 6

703

 

Nivel 7 (no posgrado)

No aplica

 

Nivel 7 (posgrado)

418

 

Nivel 8

34

 

 



 

Qué es la Red IndicES

La Red Iberoamericana de Indicadores de Educación Superior -Red IndicES- es una iniciativa de colaboración regional para la producción de información estadística que involucra a los productores de información sobre educación superior en los países de Iberoamérica, académicos, expertos de organismos de cooperación regional y usuarios. Es coordinada por el Observatorio Iberoamericano de la Ciencia, la Tecnología y la Sociedad de la OEI y patrocinada por el Instituto de Estadística de la Unesco (UIS).  Ver más

 

Objetivo general

El objetivo de la Red es la construcción de estadísticas comparativas de educación superior, consolidando un sistema regional de indicadores que releve y publique información estadística comparable en un marco de cooperación internacional y complementando los esfuerzos ya existentes. Se aspira a mejorar así las estadísticas de manera sostenida a lo largo del tiempo, reflejando las particularidades de la educación superior en Iberoamérica.Ver más

 

Coordinación 

La Red es coordinada por el Observatorio Iberoamericano de Ciencia, Tecnología y Sociedad de la OEI (OCTS) y cuenta con el apoyo del Instituto de Estadísticas de la UNESCO (UIS-UNESCO).  Ver más


Con el apoyo de:

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