Información sobre los sistemas nacionales de educación superior, teniendo en cuenta características como su estructura institucional y su marco normativo, entre otros aspectos relevantes para contextualizar los datos estadísticos.
Marco normativo |
Organización institucional |
Organismos de regulación |
Mecanismos de ingreso |
Instituciones |
Programas de formación |
Marco Normativo
Organización institucional
Tipos de insituciones
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La educación superior tecnológica |
Los Institutos de Educación Superior (IES) brindan formación de carácter técnico, debidamente fundamentada en la naturaleza de un saber que garantiza la integración del conocimiento teórico e instrumental a fin de lograr las competencias requeridas por los sectores productivos para la inserción laboral. Los IES otorgan el grado de bachiller técnico y los títulos de técnico y de profesional técnico a nombre de la Nación; asimismo, pueden brindar a nombre de la Nación los certificados de técnicos y auxiliar técnico. Las Escuelas de Educación Superior Tecnológica (EEST), brindan formación especializada con fundamentación científica y el desarrollo de la investigación aplicada. Se orientan, fundamentalmente, al dominio de las ciencias aplicadas y a la asimilación, desagregación, adaptación, mejoramiento y modificación de la tecnología, así como a la innovación. Asimismo, las EEST podrán otorgar el grado de bachiller técnico y los títulos de técnico y de profesional técnico.
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Ministerio de Educación - DIGEST |
Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes Decreto de Urgencia N° 017-2020, que establece medidas para el fortalecimiento de la gestión y el licenciamiento de los Institutos y Escuelas de Educación Superior, en el marco de la Ley 30512. Decreto Legislativo N° 1495, que establece disposiciones para garantizar la continuidad y calidad de la prestación del servicio educativo en ellos institutos y escuelas de educación superior, en el marco de la emergencia sanitaria causada por el COVID -19 https://www.minedu.gob.pe/superiortecnologica/pdf/decreto-legislativo-1495.pdf Ley N° 31088, Ley que modifica la octava disposición complementaria final de la Ley N° 30512 https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/1910066-1 Ley N° 31653, Ley que modifica la Ley N° 30512, https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2138814-4 Decreto Legislativo N° 1676, Decreto Legislativo que modifica el artículo 24-A de la Ley 30512. https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/09/Decreto-Legislativo-1676-LPDerecho.pdf Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30512. Decreto Supremo N° 011-2019-MINEDU, que modifica el Reglamento de la Ley 30512, aprobado mediante DS 010-2017-MINEDU https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/359298/DS_N__011-2019-MINEDU__NL___DL_.pdf?v=1568073967 Decreto Supremo N° 009-2021-MINEDU, que dispone la implementación y el uso preferente de los mecanismos digitales y gratuitos para la verificación de la trayectoria educativa, a fin de garantizar el acceso o continuidad de estudios en la Educación Básica, Educación Técnico-Productiva y Educación Superior. https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/1955167-1 Decreto Supremo N° 016-2021 que modifica la Ley 30512 y lo adecua a lo dispuesto en el DU 017-2020. https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2395077/DS_N%C2%B0_016-2021-MINEDU.pdf.pdf?v=1636663559
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La educación superior artística |
Las Escuelas Superior de Formación Artística (ESFA), son instituciones educativas de la segunda etapa del sistema educativo nacional, especializados en las distintas expresiones artísticas y la docencia vinculadas a estas; otorgan el grado académico de bachiller y el título profesional correspondiente, válido para estudios de posgrado. Asimismo, brindan estudios de posgrado, segundas especializaciones y diplomados conforme a Ley. |
Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) |
Ley N° 32304, Ley que regula las Escuelas Superiores de Formación Artística y la Carrera Pública de sus Docentes y Dicta otras disposiciones |
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La educación superior pedagógica |
Las Escuelas de Educación Superior Pedagógica, son centros especializados en la formación inicial docente. En base a la investigación y práctica pedagógica, forman a los futuros profesionales para la educación básica y coadyuvan a su desarrollo profesional en la formación continua. Brindan programas de formación pedagógica que responden a las políticas y demandas educativas del país. Las EESP ofertan programas de Formación Inicial Docente, Programas de Profesionalización Docente (PPD) y Programas de Segunda Especialización (PSE). |
La DIFOID (Dirección de Formación Inicial Docente) del MINEDU (Ministerio de Educación) es una unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD), la cual a su vez forma parte del Viceministerio de Gestión Pedagógica del MINEDU. |
Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus docentes; y su Reglamento de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes. chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/105228/_30512_-_03-11-2016_11_50_02_-Ley_30512__Ley_de_Institutos_y_Escuelas_de_Educaci%C3%B3n_Superior.pdf?v=1586905427 |
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La educación superior universitaria |
La Educación Universitaria, es aquel tipo de educación superior que se imparte en una institución universitaria, cuando la persona ha terminado la educación básica regular, y que tiene como fines la formación profesional, la difusión cultural, la creación intelectual y artística, y la investigación científica y tecnológica. Dentro de la misma, el Estado garantiza la libertad de cátedra y rechaza la intolerancia. |
Ministerio de Educación del Perú-DIGESU |
Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas. URL: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2088561-1 Clasificador Nacional de Programas e Instituciones de Educación Superior Universitaria, Pedagógica, Tecnológica y Técnico Productiva, 2018 La Resolución Ministerial N° 422-2020-MINEDU, que aprueba las “Disposiciones para la implementación del Sistema Integrado de Información de la Educación Superior Universitaria - SIIESU”. Donde se establece que la DIPODA se encuentra a cargo de la administración del Sistema de Recolección de Información de Educación Superior (SIRIES). https://www.gob.pe/institucion/minedu/normas-legales/1292877-422-2020-minedu |
Organismos de regulación
Denominación |
Descripción |
Función** |
Dependencia Jurisdiccional* |
Normativa |
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Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) |
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) es un ente autónomo. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal. Tiene domicilio y sede principal en la ciudad de Lima y ejerce su jurisdicción a nivel nacional, con su correspondiente estructura orgánica. A nivel universitario es un regulador. |
Funciones generales de la SUNEDU La SUNEDU tiene las siguientes funciones de aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades y filiales. Además, normar y supervisar las condiciones básicas de calidad exigibles para el funcionamiento de las universidades y filiales. |
No corresponde. Es un ente autónomo. |
Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas. url: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2088561-1 Resolución de Superintendencia N.° 0032-2024-SUNEDU: El 22 de mayo de 2024, se dio la aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). URL: https://www.gob.pe/institucion/sunedu/normas-legales/5600989-0032-2024-sunedu |
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Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC) |
La finalidad del PRONABEC es contribuir a la equidad en la educación superior garantizando el acceso a esta etapa, de los estudiantes de bajos recursos económicos y alto rendimiento académico, así como su permanencia у culminación. El PRONABEC es una entidad que otorga becas para cursar estudios de pregrado y posgrado en la ES. |
PRONABEC tiene funciones en relación con el otorgamiento de becas y créditos educativos para el nivel superior, becas especiales y créditos especiales destinados a atender las necesidades del país y a poblaciones vulnerables o en situaciones especiales. |
Ministerio de Educación del Perú |
Ley N° 29837, Ley que crea el programa nacional de becas y crédito educativo – PRONABEC URL: https://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/29837.pdf Decreto Supremo N.° 013-2012-ED, Reglamento de la Ley N° 29837. URL: https://www.gob.pe/institucion/minedu/normas-legales/118258-013-2012-ed |
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Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa |
Sineace se encarga de garantizar a la sociedad que las instituciones educativas, públicas y privadas, ofrezcan un servicio de calidad, y de certificar las competencias de las personas en los sectores priorizados a nivel nacional. |
Resolver solicitudes de acreditación institucional y/o programas de universidades, escuelas, institutos y otras instituciones de educación superior y técnico productiva que cuenten con licenciamiento. Reconocer acreditaciones obtenidas a nivel internacional. |
Ministerio de Educación del Perú - MINEDU |
Decreto Supremo N.° 012-2023-MINEDU, que aprueba disposiciones para garantizar el restablecimiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace URL: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4873907/DS_N%C2%B0_012-2023-MINEDU.pdf?v=1689864267 |
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Dirección General de Educación Superior Universitaria -DIGESU |
La DIGESU es el órgano responsable de dirigir, coordinar, promover, efectuar el seguimiento y evaluar las políticas para el desarrollo y aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria. |
Planificar, proponer, dirigir, coordinar, monitorear y evaluar la política y documentos normativos para el desarrollo y aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria, así como programas y proyectos en dicha materia. |
Ministerio de Educación del Perú - MINEDU |
El Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación (Pagina 102 y 103). URL: |
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Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística-DIGESUTPA |
La DIGESUTPA es el órgano responsable de dirigir, coordinar, promover, efectuar el seguimiento y evaluar la política, así como proponer documentos normativos, en el ámbito de su competencia. |
Proponer la política, objetivos y documentos normativos de la educación técnico-productiva y superior tecnológica y artística, articulando sus diversos niveles de certificación y titulación; la autorización de funcionamiento de las instituciones de educación superior tecnológica y artística; los documentos normativos para la supervisión y fiscalización de las instituciones de educación técnico-productiva y superior tecnológica y artística, entre otros. |
Ministerio de Educación del Perú - MINEDU |
Pagina 160 y 107 del ROF del MINEDU. |
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Dirección de Formación Inicial Docente - DIFOID |
La DIFOID tiene como propósito fundamental diseñar, implementar, coordinar, supervisar y evaluar las políticas, estrategias y normas relacionadas con la formación inicial de los futuros docentes del país, asegurando su calidad, pertinencia y articulación con las necesidades educativas nacionales |
La DIFOID, es responsable de formular, coordinar y supervisar las políticas de formación inicial docente, además supervisa el funcionamiento de las instituciones de educación superior pedagógica (IESP/EESP) y es responsable de promover la mejora de la calidad de la formación inicial docente. |
Ministerio de Educación del Perú - MINEDU |
Mecanismos de ingreso
En la educación superior universitaria, cada universidad convoca uno o dos procesos de admisión (ingreso o acceso) en un año determinado. En una fase preparatoria la universidad determina la cantidad de vacantes disponibles, que serán presentadas en las fechas que establezcan para el proceso de admisión. Este proceso comprende una convocatoria; la inscripción y pago por el derecho de admisión; la rendición de un examen con preguntas de habilidad verbal y matemática, conocimientos en ciencias y humanidades; la publicación de resultados de los que fueron admitidos o ingresaron a la universidad. Asimismo, el ingreso a las universidades cuenta con las siguientes modalidades:
- Examen ordinario o general: Enfocado en los jóvenes que acabaron los 11 años de educación básica regular.
- Examen extraordinario: Dentro de esta existen otras sub modalidades, tales como:
- Centro preuniversitario.
- Plan integral de reparaciones-Ley N 28592.
- Traslado interno.
- Deportista calificado.
- Victimas /hijos de víctimas terrorismo-Ley N°27277.
- Traslado externo.
- Traslado externo universidad con licencia denegada.
- Los dos (2) primeros puestos del orden de mérito de las instituciones educativas de nivel secundario, de cada región, en todo el país.
- Las personas con discapacidad tienen derecho a una reserva del 5 % de las vacantes ofrecidas por las universidades.
En la educación superior pedagógica (docente o maestro), cada Escuela de Educación Superior Pedagógica convoca uno o dos (marzo o agosto aproximadamente) procesos de admisión (ingreso o acceso) en un año determinado. En una fase preparatoria la Escuela de Educación Superior Pedagógica y la Dirección Regional de Educación (DRE) departamental, determinan la cantidad de vacantes disponibles, que serán presentadas en las fechas que establezcan para el proceso de admisión. Este proceso comprende una convocatoria; la inscripción y pago por el derecho de admisión; la rendición de un examen de conocimientos y una entrevista personal; la publicación de resultados de los que fueron admitidos. El proceso se concentra en el área urbana. Asimismo, el ingreso cuenta con las siguientes modalidades:
- Examen ordinario o general: Enfocado en los jóvenes que acabaron los 11 años de educación básica regular.
- Examen extraordinario y exoneraciones.
En lo que respecta a la educación superior tecnológica (Instituto), cada Instituto de Educación Superior (IES) o Escuela de Educación Superior Técnica (EEST) convoca uno o dos procesos de admisión en un año determinado. Este proceso puede variar dependiendo del IES o EEST, es decir, cada institución tiene exámenes con contenidos, fechas, puntajes y costos diferentes. El proceso comprende una convocatoria; la inscripción y pago por el derecho por examen de admisión; la rendición de un examen conocimientos y en algunos casos entrevista personal; la publicación de resultados de los que fueron admitidos. Asimismo, el ingreso a los del IES y EEST cuenta con las siguientes modalidades:
- Examen ordinario o general: Enfocado en los jóvenes que acabaron los 11 años de educación básica regular.
- Examen extraordinario y exoneraciones.
Con respecto a la educación superior artística. La Escuela Superior de Formación Artística convoca de forma independiente uno o dos procesos de admisión en un año determinado. Este proceso puede variar dependiendo de cada institución, es decir, cada una tiene exámenes con contenidos, fechas, puntajes y costos diferentes. El proceso comprende una convocatoria; la inscripción y pago por el derecho por examen de admisión; la rendición de un examen de aptitudes físicas; físico-clínico; de conocimiento, de aptitud artística y entrevista personal; la publicación de resultados de los que fueron admitidos. Asimismo, el ingreso cuenta con las siguientes modalidades:
- Examen ordinario o general: Enfocado en los jóvenes que acabaron los 11 años de educación básica regular.
- Examen extraordinario.

